Trámites administrativos y operativos
PRIMER PASO: PIDE CITA EN TU PAE
Ahora que ya sabes qué es un Punto de Atención al Emprendedor (PAE) y que te van a acompañar en tu puesta en marcha, el primer paso para comenzar tus trámites será pedir cita en tu PAE.
Servicios ofrecidos por el PAE
- Información sobre las características, marco legal, aspectos mercantiles más importantes, ventajas fiscales, aspectos contables, sistemas de tramitación, normativa aplicable de:
- Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL),
- Sociedades Limitadas de Formación Sucesiva (SLFS),
- Sociedades civiles,
- Comunidades de bienes,
- Empresarios Individuales (Autónomos) y
- Emprendedores de Responsabilidad Limitada
- además, se ofrece información de otras formas jurídicas vigentes en el ordenamiento jurídico mercantil.
- Constitución de empresas mediante el sistema de tramitación telemática desarrollado por la Dirección General de Industria y de la PYME, utilizando el Documento Único Electrónico (DUE). Este servicio deberá prestarse con carácter obligatorio y gratuito.
- Información sobre las ayudas e incentivos para la creación de empresas aplicables al proyecto.
- Información sobre el régimen de Seguridad Social aplicable, criterios de adscripción, afiliación, cotización, etc.
- Información general sobre temas de interés para las empresas, tales como: Financiación, fiscalidad, contratación laboral, internacionalización, investigación, desarrollo tecnológico e innovación, cooperación empresarial, etc.
Trámites que se pueden iniciar desde tu PAE (para sociedades):
- Otorgamiento de la escritura pública de constitución de la sociedad: solicitud del NIF provisional
- Autoliquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (modelo 600)
- Inscripción en el Registro Mercantil Provincial
- Expedición de la Escritura inscrita y solicitud del NIF definitivo de la sociedad
Otros trámites que se pueden realizan desde tu PAE (alta como empresa):
- Solicitud del número de patronal de la Seguridad Social (CCC) – Modelo T.A. 6/ T.A. 7
- Alta en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y mutualidad de accidente de trabajo y enfermedad profesional elegida – Modelo 0521
- Afiliación, en su caso, y al alta de los trabajadores de la empresa, si los hubiere.
- Registro de la marca comercial (OPCIONAL)
Trámites no incluidos en tu PAE.
- Trámites societarios previos, como la reserva de la denominación social (solicitud en el registro correspondiente) o la aportación al capital social (a través de una entidad bancaria)
- Solicitud de Licencias en el Ayuntamiento e información sobre trámites y cumplimiento de normativa municipal.
- La comunicación de la apertura del Centro de Trabajo, en caso de tener contratados trabajadores.
- La obtención y legalización de los libros.
- Inscripción, en su caso, en otros organismos oficiales y/o registros (por ejemplo, relacionados con turismo y restaurantes).
TRÁMITES
PREPARACIÓN DEL LOCAL
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD
COMIENZO DE ACTIVIDAD
APERTURA
Estos son todos los trámites necesarios para preparar el local de restauración de nuestro caso práctico. Dependiendo de las características del local elegido, esta preparación puede llevar más o menos tiempo, por lo que podrás ir iniciando algún otro trámite de tu forma jurídica.
ELECCIÓN DEL LOCAL Y CERTIFICADO DE COMPATIBILIDAD
Elección del local y solicitud del Certificado de Compatibilidad Urbanística
Tipo de trámite: operativo.
Utilidad: es un informe que emite el correspondiente Ayuntamiento, en el que se indica si el uso pretendido es compatible con los de la zona. Tendrás que solicitarlo antes de alquilar el local, ya que, en caso de que las actividades calificadas no se permiten en esa zona, tendrás que optar por otra alternativa.
Dónde: Ayuntamiento. Es posible que, además, puedas realizar este trámite vía telemática. Listado de webs de Ayuntamientos de Canarias accesible aquí.
Documentación: depende de cada Ayuntamiento. De forma general, el CIF de la empresa, DNI del representante, su poder de representación, y el documento de solicitud debidamente cumplimentado.
Relación con otros trámites: proyecto de obras e instalaciones y solicitud de licencia de apertura en el Ayuntamiento.
Plazo: no existe un plazo determinado, dependerá de cada Ayuntamiento. En todo caso, antes de alquilar el local y de realizar el proyecto de obras e instalaciones.
Tasas: sí. El importe depende de cada Ayuntamiento.
Siguiendo el caso práctico planteado en esta guía, queremos ubicar nuestro restaurante en Las Palmas de Gran Canaria. Para ello, realizamos el trámite telemático en el apartado destinado a ese fin en la web del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
PROYECTO DE OBRA E INSTALACIONES
Proyecto de obra e instalaciones
Tipo de trámite: operativo.
Utilidad: el proyecto de obra visado por un ingeniero, y por su correspondiente Colegio, y/o en su caso, si fuera obra nueva, también del arquitecto correspondiente, es clave, ya que en él se detallarán las necesidades de obras y de contratación posterior. En nuestro caso práctico, se detallan los puntos de acometida de agua y electricidad, disposición de los depósitos de gas y otros combustibles inflamables, control de puntos de ventilación, entre otros. Este proyecto, además, debe ser, posteriormente, visado por Industria.
Dónde: ingeniero.
Documentación: el ingeniero y/o arquitecto serán los encargados de elaborar la documentación necesaria.
Relación con otros trámites: es el punto de partida para realizar el diseño de interiores del establecimiento, solicitar la licencia de obra en el Ayuntamiento, y el desarrollo de las obras de acondicionamiento del local. También es necesario para solicitar la licencia de apertura en el Ayuntamiento.
Plazo: no hay un plazo determinado. En todo caso, antes de realizar el diseño de interiores, solicitar la licencia de obra y ejecutar las obras de acondicionamiento del local.
Tasas: los honorarios del ingeniero y/o arquitecto.
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DISEÑO DE INTERIORES
Diseño de interiores
Tipo de trámite: operativo.
Utilidad: se trata de hacer un esbozo de cómo será tu negocio, estéticamente hablando. Normalmente, a partir del plano de distribución del local, se establecerá la disposición de las mesas, suelos, mobiliario, iluminación, ambientes diferenciados, entre otros.
Dónde: interiorista.
Documentación: será el interiorista quien elabore la documentación necesaria. Normalmente, se realizan infografías en las que se simula el resultado final.
Relación con otros trámites: desarrollo de las obras de acondicionamiento del local, y compra de mobiliario, vajillas, y elementos decorativos en general.
Plazos: no hay un plazo determinado. En todo caso, antes de solicitar la licencia de obra y del desarrollo de las obras de acondicionamiento del local. Este paso se suele realizar en paralelo con el anterior.
Tasas: los honorarios del interiorista.
SOLICITUD DE LICENCIA DE OBRA
Solicitud de licencia de obra
Tipo de trámite: administrativo.
Utilidad: se trata de la autorización, por parte del ayuntamiento del municipio en el que vayas a establecer tu negocio, para ejecutar legalmente las obras de acondicionamiento del local.
Dónde: Ayuntamiento. Además, es posible que también puedas realizar el trámite vía telemática. Consulta aquí las direcciones y teléfonos de los ayuntamientos de Canarias
Documentación: proyecto de obra e instalaciones visado, CIF de la empresa, DNI del representante, poder de representación, y cualquier otra documentación que pueda solicitar el Ayuntamiento correspondiente.
Relación con otros trámites: necesario para ejecutar las obras de acondicionamiento del local y para solicitar la licencia de apertura en el Ayuntamiento.
Plazo: antes de ejecutar las obras de acondicionamiento del local. El plazo para realizar el pago de la tasa correspondiente es, con carácter general, en los siguientes 30 días a contar desde que se concede la licencia, o desde que se comiencen los trabajos.
Tasas: normalmente es un porcentaje sobre la base imponible.
Siguiendo el caso práctico planteado en esta guía, nuestro restaurante se va a ubicar en Las Palmas de Gran Canaria. Para ello, realizamos el trámite telemático en el apartado destinado a ese fin en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
DESARROLLO DE LAS OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO
Desarrollo de las obras de acondicionamiento
Tipo de trámite: operativo.
Utilidad: se trata de la ejecución de los trabajos de adecuación del local, según el Proyecto de obra e instalaciones y el diseño de interiores. Para ello, se solicitará documentación en materia de Prevención de Riesgos Laborales, póliza de responsabilidad civil, TC’s y listado de trabajadores asignados a la obra, a las distintas empresas subcontratadas. Siguiendo nuestro caso práctico, en el que vamos a realizar obras de fontanería, en la instalación eléctrica, o de colocación de suelo, entre otras, solicitaremos a todas las empresas que van a realizar los trabajos esa documentación, para asegurarnos que cumplen con las correspondientes medidas de seguridad laboral.
Dónde: en el local.
Documentación: la que se debe solicitar a las diferentes empresas subcontratadas. Documentación en materia de Prevención de Riesgos Laborales, póliza de responsabilidad civil, TC’s y listado de trabajadores asignados a la obra. Es recomendable tener a mano el proyecto de obra y el CIF de la empresa, para que las empresas subcontratadas puedan hacer las facturas a su nombre.
Relación con otros trámites: es necesario para poder solicitar el boletín del instalador y la revisión de las instalaciones, así como para contratar los diferentes suministros.
Plazo: no hay un plazo determinado, pero cuanto antes realices las obras, antes podrás solicitar los boletines y contratar los suministros. ¡Antes podrás abrir tu negocio!
Tasas: los honorarios de las diferentes empresas subcontratadas.
BOLETÍN DEL INSTALADOR Y REVISIÓN OCA
Solicitud de boletín del instalador y revisión según organismo de Control Autorizados (OCA) de las instalaciones
Tipo de trámite: operativo.
Utilidad: cada empresa subcontratada para realizar una instalación, al finalizar sus trabajos, te entregará esta documentación, indispensable para la contratación de los correspondientes suministros.
Dónde: empresa instaladora.
Documentación: no se requiere para realizar el trámite. Serán los instaladores los que te entreguen la documentación, que irá adjunta al proyecto de obras e instalaciones.
Relación con otros trámites: contratación de suministros y solicitud de licencia de apertura en el Ayuntamiento.
Plazo: tan pronto terminen los trabajos de los instaladores.
Tasas: honorarios de los instaladores.
Para más información sobre qué es el boletín eléctrico o Certificado de Instalación Eléctrica, puedes consultar este artículo.
Para más información sobre el boletín de fontanería, consulta este artículo.
CONTRATACIÓN DE SUMINISTROS
Contratación de suministros de agua, electricidad, teléfono, etc.
Tipo de trámite: operativo.
Utilidad: se trata de contratar los diferentes servicios básicos que serán necesarios para la puesta en marcha de tu actividad, tales como electricidad, agua, telefonía, y gas.
Si tu cocina va a ser de gas, será necesaria una instalación profesional, y sus correspondientes revisiones periódicas, por parte de la empresa instaladora. En el caso del suministro de agua y telefonía, los trámites son mucho más sencillos, y están más relacionados, sobre todo en el caso del servicio de telefonía, con la elección de la tarifa más competitiva dentro de las que se ofertan a las empresas.
Dónde: empresa suministradora.
Documentación: la que solicite la compañía suministradora para su contratación. Con carácter general, la documentación identificativa de la empresa y de su representante.
Relación con otros trámites: es necesario para el inicio de tu actividad.
Plazo: no existe un plazo determinado. En todo caso, lo antes posible para poder poner en marcha tu negocio.
Tasas: las tarifas establecidas por cada uno de los proveedores de servicios.
COMPRA DE MAQUINARIA Y MOBILIARIO
Compra de maquinaria, mobiliario, vajilla, mantelería, elementos decorativos, etc.
Tipo de trámite: operativo.
Utilidad: una vez que ya has realizado todas las obras de instalaciones y acondicionamiento de tu local, llega el momento de “vestirlo”. Será imprescindible adquirir toda la maquinaria y mobiliario necesario para cada una de las estancias del local, así como los elementos decorativos que creen el ambiente idóneo para tu tipo de negocio, y que se identifiquen con tu imagen corporativa.
Dónde: tiendas especializadas.
Documentación: no se requiere una documentación específica, aunque necesitarás tener a mano tu proyecto de interiores, para planificar los elementos que vas a adquirir, y el CIF de la empresa, para que los proveedores puedan hacer las facturas a su nombre.
Relación con otros trámites: proyecto de obras e instalaciones, y diseño de interiores.
Plazo: no existe un plazo determinado. En todo caso, antes de iniciar tu actividad.
Tasas: los precios que establezca cada proveedor.
Estos trámites son necesarios para constituir una sociedad mercantil, pero no serán necesarios para las personas empresarias individuales (régimen laboral autónomo).
La constitución de la sociedad y la recepción del NIF definitivo lleva un tiempo. Para emitir facturas, contratar personal y otros trámites es necesario tener el NIF definitivo, así que es recomendable comenzar estas gestiones tan pronto como se conozca el local donde se va a establecer el negocio, si es posible.
SOLICITUD DE LA CERTIFICACIÓN NEGATIVA DE NOMBRE
Solicitud de la certificación negativa de nombre
Tipo de trámite: administrativo.
Utilidad: para poder registrar tu sociedad, necesitas obtener del Registro Mercantil Central (RMC) una certificación favorable que indique que el nombre que le vas a poner a la misma no está registrado en todo el territorio nacional, o que, en caso de no estar registrado, no genera confusión con ningún otro.
Dónde: Registro Mercantil Central. Puedes realizar este trámite de forma telemática aquí.
Documentación: solicitud cumplimentada. Podrás indicar hasta 5 nombres alternativos para comprobar.
Relación con otros trámites: otorgamiento de escritura pública de constitución de la sociedad.
Plazos: la reserva del nombre de la sociedad caduca a los 6 meses, de forma general, de los cuales 3 son para el otorgamiento de escritura pública de constitución de la sociedad.
Tasas: 13,52 € + 4,00 € de gastos de envío + impuestos
Para más información sobre este trámite, accede al apartado Denominaciones Sociales de la web del RMC.
INFORMACIÓN ADICIONAL CERTIFICACIÓN NEGATIVA DEL NOMBRE PARA SOCIEDADES COOPERATIVAS: En caso de que la nueva sociedad se trate de una cooperativa, la certificación negativa del nombre de la sociedad se realizará ante la Subdirección General de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas. Registro de Sociedades Cooperativas. Adicionalmente, antes de la constitución de la cooperativa, los promotores de la misma voluntariamente podrán solicitar al Registro de Cooperativas la calificación previa de los Estatutos – aconsejable para evitar gasto innecesario de notario-. Para ello tendrán que presentar en el Registro de Cooperativas, Solicitud de Calificación Previa de Estatutos de Sociedades Cooperativas junto a la siguiente documentación: ● Original y copia de Certificación negativa de denominación. ● Por duplicado, texto íntegro del proyecto de los Estatutos por los que se va a regir la cooperativa. |
APERTURA DE CUENTA BANCARIA
Apertura de cuenta bancaria para el depósito del capital social y Solicitud del IBAN de la cuenta bancaria de la sociedad
Tipo de trámite: administrativo.
Utilidad: esta cuenta estará vinculada al DNI de uno de los socios o del administrador, donde se ingresará el importe correspondiente al capital social mínimo para la constitución de la sociedad, y se indicará que la sociedad está en constitución. Además, quedará reflejada la participación de cada socio. El banco emitirá un certificado de capital social de la empresa en constitución, así como el certificado de titularidad de la cuenta.
Dónde: entidad bancaria elegida.
Documentación: DNI del socio o administrador. Este trámite solo se puede hacer de forma presencial, aunque, con carácter general, el certificado de titularidad de la cuenta podrás obtenerlo de forma telemática, en la web o aplicación de tu banco, en cualquier otro momento.
Relación con otros trámites: otorgamiento de escritura pública de constitución de la sociedad.
Plazos: no hay un plazo determinado. En todo caso, antes del otorgamiento de escritura de la sociedad.
Tasas: no
ESCRITURA PÚBLICA DE CONSTITUCIÓN
Otorgamiento de la escritura pública de constitución de la sociedad
Tipo de trámite: administrativo.
Utilidad: todos los socios firmarán en persona la escritura pública de constitución de la sociedad según proyecto de Estatutos. En esta escritura aparecerá el nombre aceptado por el RMC y el NIF provisional de la sociedad que les facilitará el notario, la identificación de todos los socios, su aportación y las participaciones correspondientes a esa aportación, así como quién o quiénes actuarán como administrador único o mancomunado. En la escritura también irán incluidos los estatutos.
Dónde: notario.
Este trámite se encuentra dentro del procedimiento que puedes iniciar acudiendo a un punto PAE. Encuentra el más cercano aquí.
Documentación: certificación negativa de nombre y certificado de capital social de la sociedad en constitución, además de la documentación identificativa de cada uno de los socios.
Relación con otros trámites: autoliquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (modelo 600).
Plazos: no existe un plazo determinado. En todo caso, posteriormente a los dos trámites anteriores y antes de la autoliquidación del modelo 600.
Tasas: honorarios del notario.
Para más información sobre los trámites que puede realizar el notario para ayudarte en la constitución de tu sociedad, pincha aquí.
AUTOLIQUIDACIÓN IMPUESTO TRANSMISIONES PATRIMONIALES
Autoliquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (modelo 600)
Tipo de trámite: administrativo.
Utilidad: este impuesto grava las transmisiones patrimoniales onerosas, las operaciones societarias y todo acto jurídico documentado. En Canarias las operaciones societarias de constitución (OSC) se encuentran exentas. Aun así, la presentación de la liquidación del impuesto es obligatoria. Sin esta liquidación no se podrá inscribir la sociedad en el Registro Mercantil, ya que tiene como resultado el sello en la escritura de la sociedad, así como el sello en el modelo 600 presentado.
Dónde: Agencia Tributaria Canaria (ATC). Consulta aquí el directorio de Oficinas de Atención Tributaria. Además, puedes acceder al apartado destinado a la Presentación del Modelo 600 dentro de la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias.
Este trámite se encuentra dentro del procedimiento que puedes iniciar acudiendo a un punto PAE. Encuentra el más cercano aquí.
Documentación: NIF provisional, escritura de constitución de la sociedad y modelo 600 cumplimentado.
Relación con otros trámites: registro de la sociedad en el Registro Mercantil provincial.
Plazos: un mes a contar desde el momento en que se obtenga la Escritura de la sociedad.
Tasas: exento.
Si quieres más información sobre el Modelo 600, pincha aquí.
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REGISTRO DE LA SOCIEDAD
Registro de la Sociedad
Tipo de trámite: administrativo.
Utilidad: una vez sellada la Escritura Pública de Constitución de la sociedad, se debe realizar la inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil provincial. A partir de este momento, la sociedad adquiere plena capacidad jurídica.
Dónde: Registro Mercantil de la provincia.
Puedes encontrar el Registro Mercantil más cercano aquí:
Este trámite se encuentra dentro del procedimiento que puedes iniciar acudiendo a un punto PAE. Encuentra el más cercano aquí.
Documentación: CIF provisional, Modelo 600 sellado y escritura de constitución de la sociedad sellada.
Relación con otros trámites: obtención del Certificado Digital de la sociedad y del administrador (Reconocimiento de socios administradores de la sociedad según estatutos).
Plazo: dos meses a contar desde la fecha de otorgamiento de la Escritura Pública de Constitución de la sociedad.
Tasas: a partir de 150,00 €, según las características de la sociedad que se registre.
Para más información, accede al portal de Registradores de España.
CERTIFICADO DIGITAL DE LA PERSONA FÍSICA
Solicitud del Certificado Digital de la persona física administradora de la sociedad
Tipo de trámite: administrativo.
Utilidad: el Certificado Digital identifica individualmente la identidad de su propietario y se utiliza para la validación de trámites administrativos de carácter tributario y/o laboral. Es obligatorio para las sociedades en cualquier trámite que realicen con la administración. Se puede obtener un certificado específico para la sociedad (personalidad jurídica) a nombre de uno o más de sus administradores, y también para la/s persona/s física/s que ostente/n la figura de administrador/es de la sociedad. El número de solicitud obtenido como resultado de este trámite es necesario para el siguiente paso, el reconocimiento de los socios administradores de la sociedad, según estatutos, con la obtención de su correspondiente Certificado Digital.
Dónde: Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT). Para más información y solicitud del certificado de la persona jurídica vía telemática, accede al apartado destinado a este fin en la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Para más información y solicitud del certificado del Administrador Único o Solidario, accede al apartado destinado a este fin en la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
Documentación: NIF de la sociedad y de la persona física representante.
Relación con otros trámites: reconocimiento de los socios administradores de la sociedad, según estatutos (obtención del Certificado Digital).
RECONOCIMIENTO DE SOCIOS ADMINISTRADORES
Reconocimiento de socios administradores de la sociedad según estatutos y certificado de persona jurídica
Tipo de trámite: administrativo.
Utilidad: es la obtención del Certificado Digital de la empresa y de la persona física administradora. Deberás acudir personalmente a la oficina de la AEAT, solicitando cita previa, para acreditar tu propia identidad y la de la sociedad. Aquí podrás obtener los dos certificados, tanto el tuyo como el de la empresa.
Dónde: Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT). Consulta aquí las Oficinas en Canarias.
Documentación: número de solicitud, NIF de la sociedad, certificado de la inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil, NIF de la persona física representante, y certificado del correspondiente Registro relativo al nombramiento del administrador y vigencia de su cargo. En ambos casos, es válida una nota simple con todas sus hojas selladas para certificar las inscripciones en el Registro, y deberán tener fecha de expedición no superior a 15 días hábiles anteriores a la fecha de solicitud del certificado de persona jurídica.
Relación con otros trámites: cualquier otro que requiera de certificado digital para la presentación de documentación ante la Administración.
Plazo: no existe plazo determinado. En todo caso, lo antes posible después de la obtención del número de solicitud.
Tasas: para el certificado de persona jurídica, 14 € + impuestos; para el del representante, 24 € + impuestos.
Para más información sobre la acreditación como persona jurídica, accede al apartado destinado a este fin en la web de la Agencia Tributaria.
Para más información sobre la acreditación como persona física, accede al apartado destinado a este fin en la web de la Agencia Tributaria.
SOLICITUD DE NIF DEFINITIVO PARA LA SOCIEDAD
Solicitud de NIF definitivo para la sociedad
Tipo de trámite: administrativo.
Utilidad: para que la empresa pueda empezar a operar bajo su personalidad jurídica y se encuentre plenamente operativa a efectos fiscales. Necesario para realizar compras a proveedores, contratar, etc.
Dónde: Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT). Consulta aquí las Oficinas en Canarias. Para más información y realizar el trámite vía telemática, pincha aquí.
Este trámite se encuentra dentro del procedimiento que puedes iniciar acudiendo a un punto PAE. Encuentra el más cercano aquí.
Documentación: modelo 036/037 cumplimentado, copia de la escritura de constitución de la sociedad, de los estatutos y certificación de su inscripción en el Registro, fotocopia del DNI del administrador y copia del documento que acredite su poder para firmar.
Relación con otros trámites: declaración censal de alta de la actividad a efectos fiscales (Modelo 036/037).
Plazo: dentro del mes siguiente a la fecha de su constitución.
Tasas: no
Tanto si se va a constituir una sociedad mercantil como si no, es necesario realizar estos trámites para poder llevar a cabo cualquier actividad económica.
La mayor parte de estos trámites se pueden realizar o se pueden iniciar desde un Punto de Atención al Emprendedor (PAE). A diferencia de la preparación del local y de la constitución de la sociedad, estos trámites se aplican tras su solicitud, inmediatamente.Debes tener en cuenta que, a partir de la fecha que indiques al sistema, podrías comenzar a recibir los pagos domiciliados a la Tesorería de la Seguridad Social en concepto de recibo de autónomos de los socios o administradores y del pago de la Seguridad Social de la empresa y sus trabajadores. Es recomendable que la fecha sea la misma que la de la apertura del restaurante.
DECLARACIÓN DE ALTA DE LA ACTIVIDAD
Declaración censal de alta de la actividad a efectos fiscales (Modelo 036/037)
Tipo de trámite: administrativo.
Utilidad: sirve para comunicar todos los datos que debe contener el censo de empresarios, profesionales y retenedores. También conocida como alta censal, viene a suponer la declaración de comienzo de la actividad económica de la empresa. Debe ser presentada tanto por profesionales en régimen laboral autónomo como por las sociedades mercantiles. Ha de cumplimentarse con tal fin el modelo 036 o, en su caso, el modelo 037 si se cumplen las condiciones específicas en este último caso. Para este procedimiento es necesaria la escritura de constitución de la sociedad. Esta alta censal supondrá también el alta en el Impuesto de Actividades Económicas, impuesto del que están exentas las personas físicas en régimen de autónomos y las sociedades que facturen menos de un millón de euros. En cualquier caso, el modelo debe recoger las actividades económicas en las que se pretende operar.
Dónde: Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT). Consulta aquí las Oficinas en Canarias. Para más información y realizar el trámite vía telemática, pincha aquí.
Este trámite se encuentra dentro del procedimiento que puedes iniciar acudiendo a un punto PAE. Encuentra el más cercano aquí.
Documentación: modelo 036/037 cumplimentado, y copia del DNI del interesado. Para las sociedades será necesaria además una copia de la escritura de constitución de la sociedad, de los estatutos y certificación de su inscripción en el Registro, fotocopia del DNI del administrador y copia del documento que acredite su poder para firmar.
Relación con otros trámites: necesario para realizar compras a proveedores, contratar, etc.
Plazo: al comienzo de la actividad para el empresario individual. Dentro del mes siguiente a la fecha de su constitución para las sociedades.
Tasas: no
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ALTA CENSAL EN EL IGIC
Alta censal en el Impuesto General Indirecto Canario-IGIC, Modelo 400
Tipo de trámite: administrativo.
Utilidad: toda persona profesional que desarrolle su actividad en Canarias debe facilitar a la Agencia Tributaria Canaria los datos referidos al inicio, modificación o cese de su actividad económica esté o no exento del pago de este impuesto. El impuesto grava el consumo en las Islas Canarias.
Dónde: Agencia Tributaria Canaria (ATC). Consulta aquí el directorio de Oficinas de Atención Tributaria.
Este trámite se encuentra dentro del procedimiento que puedes iniciar acudiendo a un punto PAE. Encuentra el más cercano aquí.
Documentación: modelo 400 cumplimentado y fotocopia del NIF.
Relación con otros trámites: necesario para poder comprar o contratar a proveedores y vender a los clientes.
Plazo: antes de comenzar a operar.
Tasas: no
Para más información sobre este trámite, accede al apartado destinado a este fin en la web de la Agencia Tributaria Canaria.
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ALTA EN EL RETA
Alta en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y mutualidad de accidente de trabajo y enfermedad profesional elegida – Modelo 0521
Tipo de trámite: administrativo.
Utilidad: es el régimen obligatorio para personas empresarias individuales y administradoras de sociedades. La afiliación y alta a este régimen debe hacerse de forma inmediata tras el alta de la actividad en la AEAT. Al darte de alta en el RETA, tendrás que elegir la mutualidad para la cobertura de accidente de trabajo o enfermedad profesional, que puede escogerse de entre todas las mutualidades colaboradoras de la Seguridad Social.
Dónde: Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Consulta las oficinas de la TGSS en Canarias aquí. Además, puedes realizar este trámite vía telemática, pinchando aquí.
Este trámite se encuentra dentro del procedimiento que puedes iniciar acudiendo a un punto PAE. Encuentra el más cercano aquí.
Documentación: modelo 0521 cumplimentado, fotocopia del DNI, número de afiliación a la Seguridad Social, IBAN de tu cuenta.
Relación con otros trámites: está relacionado con el desempeño del cargo como administrador de la sociedad.
Plazo: lo antes posible, desde que se han realizado los trámites anteriores.
Tasas: la cuota mensual de autónomo correspondiente. En 2020, la cuota mínima es 367,84 €. Sobre la cuantía de esta cuota se pueden aplicar reducciones y bonificaciones al comienzo de la actividad, como por ejemplo acogerse a la TARIFA PLANA de 60 euros al mes.
SOLICITUD DEL NÚMERO DE PATRONAL
Solicitud del número de patronal de la Seguridad Social – Modelo T.A. 6/ T.A. 7
Tipo de trámite: administrativo.
Utilidad: este trámite permite incluir a la persona, física o jurídica, en el Sistema de la Seguridad Social como contratante (modelo TA.6). Es obligatorio para cualquier persona empleadora y no requerido a profesionales en régimen laboral de autónomos que no contraten. Se asignará un código de cuenta de cotización (también conocido como número patronal), que será el utilizado en las altas y bajas de trabajadores/as que la empresa contrate.
Dónde: Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Consulta las oficinas de la TGSS en Canarias aquí.
Este trámite se encuentra dentro del procedimiento que puedes iniciar acudiendo a un punto PAE. Encuentra el más cercano aquí.
Documentación: modelo T.A.6 (y/o T.A.7., si corresponde), la escritura de Constitución registrada, la documentación identificativa de la sociedad, del representante y de su poder de representación (si no aparece en la escritura).
Relación con otros trámites: necesario para la solicitud de altas y bajas de personas trabajadoras en la Seguridad Social.
Plazo: no existe plazo determinado. En todo caso, antes de iniciar la actividad y contratar a los trabajadores.
Tasas: no.
Enlaces: para más información sobre este trámite, pincha aquí.
Para más información sobre la documentación a presentar y las formas de hacerlo, pincha aquí.
Este trámite se puede iniciar desde un PAE.
SOLICITUD DE ALTA DE PERSONAS TRABAJADORAS
Solicitud de alta de personas trabajadoras en la Seguridad Social
Tipo de trámite: administrativo.
Utilidad: es obligación de la persona empresaria comunicar el alta de las personas trabajadoras que va a contratar, para informar sobre el comienzo de la actividad laboral de las mismas. Normalmente, este trámite es realizado por la asesoría laboral que tengas contratada, o, en su defecto, el departamento de Recursos Humanos.
Dónde: Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Consulta las oficinas de la TGSS en Canarias aquí. Además, puedes realizar este trámite vía telemática. Para más información sobre cómo realizarlo, pincha aquí.
Este trámite se encuentra dentro del procedimiento que puedes iniciar acudiendo a un punto PAE, solo al comienzo de la actividad económica. Encuentra el más cercano aquí.
Documentación: modelo TA2/S cumplimentado
Relación con otros trámites: solicitud del número de patronal de la Seguridad Social, ya que es necesario para poder contratar.
Plazo: desde 60 días antes del inicio de la relación laboral, hasta el mismo día que comienza.
Tasas: no. Mensualmente tendrás que pagar la cuota patronal a la Seguridad Social por cada persona contratada.
Para más información general sobre este trámite, pincha aquí.
COMUNICACIÓN DE APERTURA DEL CENTRO DE TRABAJO
Comunicación de apertura del centro de trabajo
Tipo de trámite: administrativo.
Utilidad: las empresas que lleven a cabo apertura de nuevos centros de trabajo, deben comunicarlo a la autoridad laboral competente, a través de este trámite, que es gestionado por el Gobierno de Canarias.
Dónde: Gobierno de Canarias. Además, puedes realizar este trámite vía telemática. Accede al apartado destinado a este trámite dentro de la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias.
Documentación: comunicación cumplimentada (modelo A), documentación identificativa de la sociedad, del representante y de su poder de representación.
Relación con otros trámites: necesario para iniciar la actividad.
Plazo: en los 30 días siguientes al inicio de la actividad del centro de trabajo.
Tasas: no.
SOLICITUD DE LICENCIA DE APERTURA
Solicitud de Licencia de Apertura como actividad calificada
Tipo de trámite: administrativo.
Utilidad: es el documento que acredita que el local cuenta con las condiciones de habitabilidad y uso adecuadas para desarrollar tu actividad, sin ocasionar molestias a terceros. Para ello, será necesario realizar la correspondiente solicitud de licencia al Ayuntamiento correspondiente, así como al Cabildo de la isla en la que vayas a desarrollar tu actividad, ya que será éste quien emita un informe, favorable o no, para la concesión de dicha licencia.
Dónde: Ayuntamiento y Cabildo. Además, es posible que puedas realizar el trámite vía telemática. Consulta aquí las direcciones y teléfonos de los ayuntamientos de Canarias, y encuentra en este enlace el Cabildo de tu isla.
Documentación: solicitud cumplimentada y la documentación específica que pida cada Ayuntamiento y Cabildo. Con carácter general, el Ayuntamiento requiere, además del modelo de solicitud cumplimentado, el proyecto técnico de obra e instalaciones visado, el certificado de compatibilidad urbanística, la licencia de obra y la documentación identificativa de la sociedad, del representante y de su poder de representación. El Cabildo, por su parte, solicita su modelo de solicitud cumplimentado.
Relación con otros trámites: es necesario tramitar esta solicitud para iniciar la actividad.
Plazo: con carácter general, no existe un plazo determinado. En todo caso, antes de comenzar la actividad.
Tasas: las que establezca cada Ayuntamiento. Con carácter general, se aplica una tasa según la categoría de la vía en la que se sitúe el local. Puede oscilar entre los 400,00 € y los 750,00 €, aproximadamente.
Siguiendo el caso práctico planteado en esta guía, nuestro restaurante se va a ubicar en una vía de primera categoría en Las Palmas de Gran Canaria. Nuestro restaurante va a tener una terraza con capacidad para 16 personas, por lo que podremos realizar el trámite comunicando el inicio de la actividad mediante la presentación de una Declaración Responsable, ya que, en este caso, el Ayuntamiento lo permite. Puedes consultar la información relativa a este trámite aquí. Además, la tasa que tendremos que abonar, según la categoría de la vía en la que vamos a abrir nuestro negocio, es de 736,24 €. Puedes consultar la Ordenanza Fiscal Reguladora de este trámite en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria aquí.
Si nuestra terraza tuviera un aforo superior a 20 personas, tendríamos que solicitar la licencia mediante este trámite, ya que a nuestra actividad se le aplicaría el régimen de autorización administrativa previa.
REGISTRO DE LA MARCA COMERCIAL (OPCIONAL)
Registro de la marca comercial (OPCIONAL)
Tipo de trámite: operativo.
Utilidad: para saber si la marca que vas a utilizar está en uso, será necesario hacer la consulta en la Oficina Española de Patentes y Marcas. Lo más recomendable, además, es que la registres. Tu marca estará protegida por un título emitido por el Estado, que te dará el derecho de usarla en exclusiva, por lo que nadie más podrá utilizarla en todo el territorio nacional.
Dónde: Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). Además, la solicitud de registro podrás hacerla vía telemática aquí.
Este trámite se encuentra dentro del procedimiento que puedes iniciar acudiendo a un punto PAE, pagando las tasas correspondientes a la OEPM. Encuentra el más cercano aquí.
Documentación (para el registro): formulario de solicitud, documentación del solicitante y poder de representación, justificante del pago de las tasas, reproducción de la marca, y otra documentación que se pueda requerir, en función del tipo de marca que se vaya a registrar.
Relación con otros trámites: necesario para poder realizar el diseño de tu imagen corporativa y, por tanto, diseño del local.
Plazo: no hay un plazo determinado para realizar este trámite. En cualquier caso, durante el diseño de tu imagen corporativa.
Tasas: entre 81,21 € y 125,36 €, para el trámite y pago electrónicos. Puedes consultar el documento oficial de tasas y precios públicos en el apartado destinado a este fin en la web de la OEPM.
Es recomendable comenzar con estos trámites una vez se haya hecho la elección de la forma jurídica y se haya preparado el local.
SOLICITUD DE LICENCIA PARA TERRAZA
Solicitud de Licencia para terraza (Solicitud de Ocupación de la Vía Pública con Terrazas)
Tipo de trámite: administrativo.
Utilidad: para ocupar un espacio público con mobiliario de terraza vinculado a tu negocio, es necesario solicitar autorización al Ayuntamiento correspondiente.
Las mesas y las sillas son los elementos básicos, pero no los únicos, que podrás colocar. Como elementos complementarios, podrás utilizar sombrillas, paravientos, iluminación y estufas, entre otros.
Dónde: Ayuntamiento. Además, es posible que puedas realizar el trámite vía telemática
Documentación: con carácter general, la solicitud cumplimentada, la documentación identificativa de la sociedad, del representante y de su poder de representación, fotografías de la fachada y de la calle donde se pretenda instalar la terraza, plano de la ubicación, incluyendo la distribución del mobiliario de la terraza, descripción detallada de las características del mobiliario, y cualquier otra que pueda solicitar el ayuntamiento para su concesión.
Relación con otros trámites: no es un trámite obligatorio para iniciar tu actividad, pero si en tu proyecto está contemplada la instalación de una terraza, tendrás que realizarlo para poder llevarlo a cabo.
Plazo: con carácter general, no existe un plazo determinado. En todo caso, antes de instalar la terraza.
Tasas: con carácter general, los importes de las tasas se calculan mensualmente por metros cuadrados de ocupación y categoría de la vía ocupada, y pueden oscilar entre los 1,50 €/m2/mes y los 6,00 €/m2/mes. Estos importes varían según el Ayuntamiento, y pueden ser calculados por períodos de tiempo diferentes (semestrales, anuales, etc.).
Siguiendo el caso práctico planteado en esta guía, nuestro restaurante va a tener una terraza con capacidad para 16 personas, es decir, contará con cuatro mesas y cuatro sillas, lo que suponen 4 unidades de ocupación. Cada unidad supone una ocupación de 2 m2, por lo que solicitaremos un espacio de 8 m2. Según la Ordenanza Fiscal Reguladora del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para este trámite, la tasa mensual por estar en una vía de primera categoría es de 4,81 €/m2, con lo cual, nuestra tasa mensual total será de 4,81 €/m2 x 8 m2 = 38,48 €/mes.
Para más información sobre este trámite en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, pincha aquí.
CARTA, ESCANDALLO Y PROVEEDORES
Diseño de la carta, escandallo y elección de proveedores
Tipo de trámite: operativo.
Utilidad: antes de iniciar tu actividad, es necesario que planifiques los platos que vas a ofrecer en la carta, para establecer los productos y materias primas que vas a necesitar, de manera que conozcas el coste de cada plato y, así, fijar los precios de cada uno, conociendo cuál será su rentabilidad. Esto es lo que se conoce como escandallo. Además, con esta información, decidirás cuáles son los proveedores más adecuados.
Dónde: en tu restaurante/oficina.
Documentación: no se requiere, aunque es recomendable que conozcas bien los precios de las materias primas y productos que vas a utilizar.
Relación con otros trámites: es necesario para saber cuáles serán tus proveedores y establecer los procedimientos de compras y facturación que vas a mantener con ellos.
Plazo: no existe un plazo determinado. En todo caso, antes de iniciar tu actividad.
Tasas: no.
CIRCUITO ADMINISTRATIVO DE DOCUMENTOS Y GESTIÓN
Diseño del circuito administrativo de documentos y gestión interna
Tipo de trámite: operativo.
Utilidad: para realizar una buena gestión de tu negocio, es recomendable que diseñes y planifiques cómo vas a llevar el control de pedidos a proveedores, los pagos, facturas, la caja diaria, los ingresos en banco, y cualquier otra operación que requiera de unos procedimientos y documentación administrativos. Asimismo, es aconsejable que establezcas y diseñes cuál va a ser el flujo de trabajo habitual, desde que el cliente entra al local y realiza su pedido, hasta que abona la consumición, finaliza su experiencia y se marcha. Lo mismo si vas a realizar entregas a domicilio.
Dónde: en tu restaurante/oficina
Documentación: no se requiere. Es aconsejable que traslades al papel todos los procedimientos que vayas a poner en marcha.
Relación con otros trámites: es necesario para conocer tus necesidades de personal, de cara a la futura solicitud de alta de trabajadores/as.
Plazo: no existe un plazo determinado. En todo caso, antes de iniciar tu actividad.
Tasas: no.
INFORMACIÓN ADICIONAL
Otros trámites que se incluirán en tu circuito administrativo ● Registro de jornada. Las empresas deben llevar un registro de jornada. En ocasiones este servicio está incluido dentro del software de restauración que vas a contratar, aunque puedes llevarlo de diferentes maneras. Más información en la Guía de Registro de Jornada del Gobierno de España a la que se puede acceder aquí. ● Plan de igualdad: En empresas con más de 50 personas trabajadoras debe contarse con un Plan de Igualdad en la Empresa. La Herramienta de Apoyo para el Plan de Igualdad del Gobierno de España está aquí. ● Formación de los trabajadores: además de la formación en materia de prevención de riesgos que deberás dar obligatoriamente a los empleados, puedes mejorar las capacidades de tu equipo a través de formación relacionada. Parte de este coste puede estar bonificado. Más información en nuestra Guía para la formación en las PYMEs. |
DECLARACIÓN RESPONSABLE Y REG. DE ACT. TURÍSTICAS
Presentación de Declaración Responsable y Registro de Actividades Turísticas
Utilidad: antes de iniciar la actividad, se debe presentar, en el Cabildo correspondiente, una declaración responsable, en la que se pone de manifiesto que el local cumple con los requisitos exigidos en el Decreto 90/2010, de 22 de julio, por el que se regula la actividad turística de restauración y los establecimientos donde se desarrolla, modificado por Decreto 29/2013, de 31 de enero; que se dispone de la documentación que lo demuestra; y que te comprometes a mantener su cumplimientodurante el tiempo que dure la actividad.
Dónde: Cabildo. Además, es posible que puedas realizar este trámite vía telemática. Encuentra en este enlace el Cabildo de tu isla
Documentación: con carácter general, la Declaración Responsable cumplimentada, y la documentación identificativa de la sociedad, del representante y de su poder de representación.
Relación con otros trámites: es necesario para poder iniciar tu actividad.
Plazo: no existe un plazo determinado. En todo caso, antes de iniciar tu actividad.
Tasas: no.
Para descargar el modelo de Declaración Responsable del Cabildo de Gran Canaria, pulsa aquí.
Para acceder al apartado destinado a este trámite dentro de la Sede Electrónica del Cabildo de Tenerife, pincha aquí.
PLACA DISTINTIVA DE RESTAURANTE
Placa distintiva de Restaurante R
Utilidad: los establecimientos de restauración deben distinguirse claramente, por lo que en el exterior del local, y junto a su entrada principal, será obligatoria la exhibición de una placa-distintivo para la categoría de restaurante (es igualmente obligatoria para los bares-cafetería), según las indicaciones del Decreto 50/2011, de 8 de abril, por el que se establecen los formatos y las características de las placas-distintivo de los establecimientos turísticos de alojamiento, de restauración y de intermediación turística.
Accede al Decreto 50/2011, de 8 de abril
Accede a la Normativa de Restauración
DISTINTIVOS VISIBLES EN RESTAURANTES
Distintivos visibles en restaurantes
Tipo de trámite: operativo
Utilidad: es obligatorio que los restaurantes muestren en un lugar visible cierta información sobre su operativa:
- Aforo máximo del local
- Horas de apertura
- Normas de acceso al local, si fuera necesario (prohibición o permisión de mascotas, uso de calzado o de otra indumentaria, prohibición de fumar, prohibición de venta de bebidas a menores de 18 años si sirve alcohol y otras normas internas no discriminatorias del restaurante)
EJECUCIÓN DEL PLAN DE MARKETING
Ejecución del plan de marketing
Tipo de trámite: operativo.
Utilidad: es muy recomendable que, antes de iniciar tu actividad, empieces a dar a conocer tu negocio, según la estrategia que te has planteado en el Plan de Viabilidad Estratégica y en el Plan de Viabilidad Comercial. Lo más económico y rápido es que empieces por crear perfiles corporativos en las redes sociales más habituales, como Facebook, Instagram, o más específicas, como TripAdvisor, y generes contenido de interés y pequeñas campañas publicitarias. Dependiendo del presupuesto disponible, también podrías hacer publicidad en radio, prensa y/o televisión.
Documentación: no se requiere. Necesitarás crear post para hacer las publicaciones.
Relación con otros trámites: recomendable antes del inicio de la actividad, y durante su desarrollo.
Plazo: no existe plazo determinado. Siempre es buen momento para ejecutar tu plan de marketing.
Tasas: lo que inviertas en publicidad.
SERVICIO APPCC Y REGISTRO SANITARIO
Contratación del servicio de aplicación del APPCC y Registro Sanitario
Tipo de trámite: operativo.
Utilidad: las empresas alimentarias están obligadas a implantar sistemas de autocontrol basados en el análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC). La normativa europea exige que las empresas alimentarias implanten estos sistemas adaptados a la actividad y el tamaño de la empresa. Estos procedimientos, que tienen un enfoque preventivo, se utilizan para garantizar la seguridad alimentaria en cualquier punto de la cadena, controlando los peligros microbiológicos, físicos y químicos, incluidos los alérgenos. Para ello, es recomendable contratar a una empresa especializada en servicios veterinarios para la industria alimentaria, que se encargue del asesoramiento, diseño y puesta en marcha de estos procedimientos, así como de la tramitación de los correspondientes permisos sanitarios.
Dónde: empresa especializada.
Documentación: será la empresa especializada en la materia la que facilitará a la entidad toda la documentación necesaria para cumplir con sus obligaciones en lo referente a seguridad alimentaria.
Relación con otros trámites:
Plazo: en todo caso, antes de iniciar la actividad.
Tasas: los honorarios de la empresa contratada.
Para más información sobre Seguridad Alimentaria, accede a la web de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN).
Accede al Reglamento (CE) núm. 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios.
PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
Contratación de la póliza de seguro de responsabilidad civil
Tipo de trámite: operativo.
Utilidad: la actividad de restauración lleva inherentes varios riesgos potenciales, derivados del uso de los locales por parte del público, que pueden sufrir varios tipos de accidentes, como caídas por deslizamiento o tropiezos, caída de objetos suspendidos, intoxicación por mala elaboración o conservación de alimentos y bebidas, entre otros. Por este motivo, es recomendable contar, como mínimo, con una póliza de seguro de responsabilidad civil.
Dónde: compañía aseguradora.
Documentación: la solicitada por la compañía aseguradora.
Relación con otros trámites: inicio de la actividad.
Plazo: en todo caso, antes de iniciar la actividad.
Tasas: el precio de la póliza de seguro.
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO PRL Y VIGILANCIA DE LA SALUD
Contratación del servicio de Prevención de Riesgos Laborales externo y Vigilancia de la Salud
Tipo de trámite: operativo.
Utilidad: es obligación de las empresas contar con un plan de prevención de riesgos laborales y vigilancia de la salud para las personas trabajadoras contratadas. Este plan debe hacer referencia al conjunto de las actividades de la empresa, así como a todos sus miembros. Es decir, debe ser asumido por toda la estructura de la organización y conocido por todas las personas que trabajen en ella. Hay determinadas ocasiones en las que el servicio de PRL puede o debe ser propio (empresas de hasta 25 trabajadores, pueden hacerlo a través del servicio de Prevencion10.es), pero en términos generales, para un restaurante que inicia su actividad, lo recomendable es que contrate a una empresa especializada que preste el Servicio de Prevención Ajeno. El servicio de Vigilancia de la Salud debe ser siempre contratado a una empresa externa, ya que no se contempla la posibilidad de ser realizado con medios propios.
Dónde: empresa especializada.
Documentación: al contratar el Servicio de Prevención Ajeno y Vigilancia de la Salud, será la empresa especializada en la materia la que facilitará a la entidad toda la documentación necesaria para cumplir con sus obligaciones en lo referente a Prevención de Riesgos Laborales y Vigilancia de la Salud.
Relación con otros trámites: debes realizar este trámite una vez contrates a las personas que van a trabajar en tu establecimiento.
Plazo: en todo caso, antes de iniciar la actividad.
Tasas: los honorarios de la empresa contratada.
Accede al apartado La Prevención de Riesgos Laborales, dentro de la Guía Laboral publicada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social.
CUMPLIMIENTO DEL RGPD Y LOPDGDD
Cumplimiento del RGPD y LOPDGDD
Tipo de trámite: operativo/administrativo
Utilidad: los negocios de restauración, normalmente manejan datos de carácter personal de sus trabajadores/as, proveedores y clientes. Estos datos, aunque suelen ser de escaso nivel de riesgo, necesitan un tratamiento especial, que está regulado por dos normativas: el Reglamento General de Protección de Datos – RGPD (Europa), y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales – LOPDGDD (España), que queda bajo el paraguas de la primera. Su finalidad es garantizar la protección y buen tratamiento de los datos de carácter personal.
Para cumplir con esta normativa, será necesario identificar qué ficheros y datos se van a custodiar (empleados/as y candidatos/as, clientes, proveedores, personas usuarias web y videovigilancia), así como la finalidad para la que se usa esa información, analizar el riesgo y las medidas de seguridad que se van a aplicar a estos datos, elaborar el documento de seguridad, en el que se resume todo lo anterior, informar a las personas propietarias de los datos y realizar auditorías periódicas.
Dónde: Agencia Española de Protección de Datos. Accede a la herramienta FACILITA RGPD dentro de la web de la AEPD.
Documentación: la específica para el cumplimiento de cada una de las obligaciones dentro del RGPD.
Relación con otros trámites: alta de las personas trabajadoras, selección de proveedores e inicio de la actividad (atención al público).
Plazo: no existe un plazo determinado, aunque es recomendable que se haga desde el inicio de la actividad.
Tasas: no.
Para más información, visita la web de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).